lunes, 2 de octubre de 2017

Sala Constitucional ordena plan nacional para proteger áreas silvestres y reconoce crisis de conservación


Por Mauricio Álvarez Mora.

La Sala Constitucional de Costa Rica marcó un precedente clave en la defensa del patrimonio natural al declarar “parcialmente con lugar” un recurso de amparo (Exp. 16-010216-0007-CO), obligando al Estado a diseñar y ejecutar un plan integral de control y protección de las áreas silvestres protegidas.

La resolución establece que el Ministerio de Ambiente y Energía de Costa Rica y el Ministerio de Hacienda de Costa Rica deberán coordinar acciones para evaluar la situación actual de las áreas de conservación y garantizar su resguardo efectivo. Como parte de esta orden, ambas instituciones deberán elaborar e implementar, en un plazo máximo de sesenta meses, un plan que asegure vigilancia adecuada, prevención de daños ambientales y disponibilidad de recursos suficientes para su cumplimiento.

El fallo es contundente al reconocer las debilidades estructurales del sistema de conservación. En sus conclusiones, la Sala señala que existen elementos suficientes para demostrar que el Estado no ha sido capaz de brindar una protección efectiva a las áreas de conservación, lo que evidencia la necesidad urgente de intervención instituciona como arte de las medidas complementarias, la Sala instruyó a la Contraloría General de la República de Costa Rica a actualizar el estado de cumplimiento de un informe previo sobre la gestión de las áreas protegidas y a exigir al Sistema Nacional de Áreas de Conservación la atención efectiva de sus recomendaciones.

Dicho informe (N.º DFOE-AE-IF-16-2014) ya advertía una situación crítica. De las 128 áreas silvestres protegidas analizadas, de un total de 171 en el país, 86 contaban apenas con una persona encargada de su gestión, mientras que 48 no disponían de recursos materiales para realizar labores básicas de control y protección. Esto implica que cerca de un tercio de estas áreas carecen de resguardo efectivo, convirtiéndose en lo que diversos sectores han denominado “parques de papel”, es decir, territorios protegidos en el papel pero sin presencia institucional real.

Casos emblemáticos ilustran esta problemática. El Parque Internacional La Amistad, con cerca de 200 mil hectáreas, enfrenta serias limitaciones de vigilancia, particularmente en su vertiente Caribe, donde la presencia de guardaparques resulta mínima frente a la extensión del territorio.

Otro aspecto relevante de la sentencia aborda las condiciones básicas dentro de las áreas protegidas. La Sala ordenó al SINAC realizar un estudio sobre la necesidad de abastecimiento de agua potable en estos territorios, con el fin de garantizar condiciones adecuadas tanto para el personal como para las personas visitantes, y evaluar la viabilidad técnica de proveer este servicio donde sea necesario.

El recurso fue impulsado por organizaciones como la Federación Costarricense para la Conservación del Ambiente y el sindicato SITRAMINAE, junto a reconocidas figuras del conservacionismo nacional. Las personas accionantes argumentaron que la falta de protección efectiva vulnera derechos fundamentales, incluyendo el derecho a la vida, la salud y el derecho a un ambiente sano.

Además, subrayaron la contradicción entre el valor estratégico de las áreas protegidas, base del ecoturismo que genera alrededor de 1.700 millones de dólares anuales, y la precariedad en su gestión. Nuestro sistema de áreas protegidas afronta una verdadera crisis de protección y de desarrollo, advirtieron.

La resolución de la Sala Constitucional no solo reconoce esta crisis, sino que obliga al Estado a enfrentarla. Se trata de un llamado urgente a pasar de la declaratoria formal a la protección real, en un país cuya riqueza natural depende cada vez más de decisiones políticas efectivas y sostenidas.

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