Por Mauricio Álvarez Mora.
El movimiento ecologista en Costa Rica ha llevado a la Sala Constitucional un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Moratoria a los Desalojos, al considerar que esta normativa representa una seria amenaza para el patrimonio natural del país y un retroceso en materia de protección ambiental.
La acción legal sostiene que la Ley 9373 vulnera principios fundamentales consagrados en la Constitución Política, entre ellos la protección de los bienes de dominio público, la intangibilidad de la zona marítimo-terrestre y el derecho de todas las personas a disfrutar de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Según el movimiento ecologista, permitir la permanencia de ocupaciones irregulares en territorios de alto valor ambiental pone en riesgo ecosistemas clave y debilita la capacidad del Estado para protegerlos.
La normativa impugnada establece una moratoria de 24 meses que suspende desalojos, demoliciones y otras acciones administrativas en terrenos de dominio público, incluyendo la zona marítimo-terrestre, zonas fronterizas y áreas que forman parte del Patrimonio Natural del Estado. En la práctica, esto permite que actividades y proyectos continúen en estos espacios, incluso cuando su legalidad o impacto ambiental ha sido cuestionado.
Uno de los puntos más críticos señalados en el recurso es que la ley no excluye de esta moratoria a áreas silvestres protegidas, incluyendo aquellas de alta fragilidad ambiental o destinadas a conservación absoluta. Además, la medida fue aprobada sin estudios técnicos que respalden su necesidad o evalúen sus posibles consecuencias, lo cual contraviene principios básicos de la gestión ambiental.
El movimiento ecologista también advierte que la ley limita la capacidad del Estado para recuperar bienes públicos ocupados de manera ilegal. Al condicionar la intervención estatal a la demostración de daños ambientales o del riesgo de que estos ocurran, se dificulta la acción preventiva y se restringe la defensa del interés público. Esto implica que, en casos donde no se logre probar daño inmediato, ocupaciones en manglares, esteros u otros ecosistemas podrían mantenerse sin posibilidad de intervención.
Estas preocupaciones no son nuevas. Informes del Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa, emitidos en 2014 y 2015, ya habían advertido sobre posibles inconstitucionalidades en la ley. Asimismo, la Procuraduría General de la República ha señalado en ocasiones anteriores que este tipo de moratorias pueden constituir una regresión en materia ambiental, al debilitar los mecanismos de protección del patrimonio natural.
Desde la perspectiva del movimiento ecologista, la ley representa una renuncia del Estado a su obligación de resguardar los bienes colectivos, al permitir que intereses privados continúen ocupando y utilizando territorios que deberían estar destinados al bien común. La acción presentada ante la Sala IV busca revertir esta situación y restablecer el principio de protección efectiva de los ecosistemas.
El debate abierto por este recurso pone sobre la mesa una discusión de fondo: hasta qué punto las políticas públicas pueden flexibilizar la protección ambiental sin comprometer derechos fundamentales ni generar daños irreversibles. En un país que ha construido su imagen internacional sobre la conservación de la naturaleza, la resolución de este caso podría marcar un precedente importante sobre los límites de la gestión del territorio y la responsabilidad del Estado en la defensa de su patrimonio natural.

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