Por Mauricio Álvarez Mora.
Sala Primera reabre disputa judicial por el humedal de La Ribera de Belén y devuelve esperanza a vecinos organizados. La resolución anula fallo del Tribunal Contencioso Administrativo que había dejado desprotegido el ecosistema y ordena reiniciar el proceso con participación activa del Estado.
Tras más de dos décadas de lucha vecinal para impedir su destrucción, la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia emitió una resolución considerada clave para la defensa ambiental del sitio. Mediante la resolución 000191-F-S1-2022, los magistrados anularon un fallo previo del Tribunal Contencioso Administrativo y ordenaron reiniciar desde cero el proceso judicial que busca anular permisos de construcción otorgados presuntamente de manera irregular por la Municipalidad de Belén durante la primera década de los años 2000.
La resolución también ordena que el nuevo proceso cuente con la participación activa del Estado, a través de la Procuraduría General de la República y el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), como partes en defensa del humedal.
La disputa legal gira en torno a proyectos urbanísticos impulsados en terrenos cercanos al humedal y a las diferencias institucionales sobre la delimitación exacta del área protegida. Vecinos organizados en el Comité Ecológico Urbanización La Ribera han denunciado durante años que el ecosistema ha enfrentado amenazas de drenaje, relleno y urbanización.
Según reportó el periódico comunitario El Guacho en 2019, la organización vecinal surgió precisamente para evitar que el humedal desapareciera debido a la expansión inmobiliaria en la zona.
El regidor municipal de Belén, Ulises Araya Chaves, calificó la resolución como “una gran noticia” y sostuvo que la Municipalidad debió haber impugnado desde el inicio el fallo emitido en 2020.
“La razón siempre estuvo de nuestro lado cuando pedimos que como Municipalidad teníamos que ir a impugnar ese fallo del 2020 que dejaba sin protección al humedal. Lamentablemente, por seguir una recomendación errónea de la dirección jurídica, en su momento el Concejo Municipal por votación 3 a 2 desistió de impugnar el fallo y aceptó los alcances del mismo”, afirmó Araya Chaves.
El regidor, quien también forma parte del Comité Pro Defensa del Ojo de Agua, destacó que la apelación presentada por la Procuraduría General de la República fue determinante para revertir la situación.
“Afortunadamente para el humedal, el abogado del Estado sí apeló el fallo y hoy esa apelación fue dada con lugar. Todo comienza de nuevo, pero ahora con la presencia activa de la Procuraduría General de la República y el SINAC. No habrá quite, esos permisos de construcción ilegales tendrán que ser anulados”, señaló.
La controversia sobre el humedal también ha estado marcada por criterios técnicos contradictorios emitidos por distintas instituciones públicas. Durante años, vecinos y autoridades locales han solicitado al Programa Nacional de Humedales del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) una delimitación oficial del ecosistema y de su área de protección.
Uno de los estudios más citados fue realizado por el ingeniero Gunther Schosinsky, quien concluyó que el humedal corresponde a un sistema lacustrino, es decir, asociado a lagos o lagunas temporales que aparecen en época lluviosa. El estudio determinó una extensión mínima protegida de 17.438 metros cuadrados, criterio que posteriormente fue avalado mediante resolución del Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA).
En 2007, SENARA indicó que la zona había sido históricamente un lago, basándose en fotografías aéreas de 1976. Posteriormente, en 2008, la delimitación fue validada por el Instituto Geográfico Nacional.
Sin embargo, ese mismo año el MINAE emitió un criterio distinto, argumentando que la existencia del humedal se debía al ascenso del nivel freático y no a un antiguo lago, por lo que recomendó una zona de protección mucho menor, de apenas 15 metros alrededor del área húmeda.
Según declaraciones recopiladas por El Guacho en 2019, la coexistencia de ambos criterios técnicos ha dificultado durante años la definición definitiva del área de protección que debe respetarse en el sitio.
La nueva resolución judicial representa ahora una oportunidad para reabrir el debate técnico y legal sobre la protección integral del humedal y podría convertirse en un precedente importante para otros conflictos socioambientales relacionados con humedales urbanos y expansión inmobiliaria en Costa Rica.

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