martes, 8 de abril de 2014

Impugnan ley que disminuye áreas protegidas


Por Mauricio Álvarez Mora.

Con la Ley nº 9205 de 23 de diciembre de 2013, denominada: “Titulación en inmueble propiedad de la junta de administración portuaria y de desarrollo económico de la vertiente atlántica”, se busca desafectar áreas silvestres protegidas, para sacarlas del patrimonio del Estado y pasarlas a manos de privados. Esto, sin contar con los requisitos que se exigen por Ley para seguir este procedimiento.

Esta ley fue impugnada por su inconstitucionalidad. Desde el movimiento ecologista, el presidente de la FECON, Mauricio Álvarez ha suscrito una acción de inconstitucionalidad, junto con el guardaparques Roberto Molina, el diputado José María Villalta y otras personas. Este grupo, denuncia que se están desafectando tierras que pertenecen al Parque Nacional Tortuguero, el Refugio Nacional de Vida Silvestre de Barra del Colorado, la Zona Protectora de Tortuguero, el Humedal Nacional Cariari y El Refugio de Vida Silvestre Dr. Archie Carr. 

Para poder retirar las áreas protegidas del dominio público se requiere de estudios que demuestren que el ambiente no se verá perjudicado. Sin embargo, en este caso no se han realizado los análisis correspondientes. Del expediente legislativo n° 17838, que corresponde a la ley cuestionada, se desprende la ausencia de este requisito.

Tras esta omisión se pone en grave peligro el equilibrio ecosistémico de las áreas protegidas. De esta manera, el Estado costarricense está incumpliendo con su obligación constitucional de proteger los bienes que sean de su propiedad, en beneficio de la colectividad.

Además de lo anterior, la Ley cuestionada representa una clara violación al principio de no regresión en materia ambiental, al disminuirse el nivel mínimo de protección. Es decir, se está retrocediendo en la protección. Como si fuera poco, se hace sin los estudios requeridos.

Por otra parte, cabe señalar que existe un principio de imprescriptibilidad de los bienes públicos. Esto significa que este tipo de bienes no se van a titular a nombre de sujetos privados. El principio ha servido para que, en muchas ocasiones, se niegue la tenencia de la tierra a diferentes sectores, como el caso de las personas pobladoras de la franja fronteriza, o los poseedores en las tierras donde se pretende la construcción del aeropuerto internacional de Osa.

Se podría concluir que la Ley busca titular bienes de dominio público a nombre de privados, según conveniencias ajenas al interés público. Pasando por encima de los derechos –incluso constitucionales- de toda la población costarricense. Ahora, gracias a la acción presentada por los ecologistas, le corresponde a la Sala Constitucional dictaminar hasta qué punto se ha pretendido burlar la Carta Magna costarricense.


 

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