martes, 16 de mayo de 2017

La viabilidad ambiental de piñera en Osa es nula


Por Mauricio Álvarez Mora

La SETENA, empresa y consultores cometieron errores, omisiones y negligencias por lo cual solicitamos sanciones administrativas y penales a los responsables

El mega-proyecto de 500 hectáreas de cultivo intensivo de piña que ha desatado un conflicto socio-ambiental en una solicitud de nulidad queda resulta evidente la gravedad y seriedad ecologistas solicitan establecer los procesos administrativos y penales correspondientes a los funcionarios de la SETENA, consultores relacionados con este expediente administrativo. Estas situaciones parecen indicar un claro favorecimiento al desarrollador del proyecto, omitiendo procedimientos técnicos vigentes y que podrían provocar daños ambientales irreversibles.

En un extenso recurso de nulidad los ecologistas argumentan que SETENA incumple la Ley Orgánica del Ambiente (art. 84 inciso c) no hacer inspección de campo previo a otorgar la viabilidad ambiental, que hubo errores evidentes en el instrumento realizado para definir el tipo de evaluación ambiental, en otras palabras no querían hacer un estudio de impacto ambiental que era lo que correspondía por existen en el área del proyecto bosques y humedales que son áreas protegidas por ley ( art. 32, Ley orgánica del ambiente) de muy alta vulnerabilidad y fragilidad Ambiental.

La SETENA no fue capaz de verificar que los permisos de usos del suelo presentado se basan en el Plan Regulador del Cantón de Osa, que no cuenta con la variable ambiental integrada, según lo ha establecido la Sala Constitucional (Resolución No. 2002 – 01220).

El estudio hidrogeólogico señala que el acuífero si se contaminara y que se producirá una extensa pluma de contaminación que se movilizara en dirección del Humedal Térraba Sierpe. Dicho estudio no fue revisado por el SENARA entidad que debería ser consultado para verificar la veracidad y alcances del informe.

El reporte arqueológico es superficial e ignora la existencia del sitio arqueológico Unesco Patrimonio de la humanidad y pese a la riqueza arqueológica existente en el área del proyecto el SETENA aprueba el permiso ambiental sin que se ejecute una evaluación arqueológica de los nueve sitios presentes recomendada por dicho reporte, en otras palabras, les da licencia “destruir el patrimonio arqueológico”. El reglamento vigente exige que en caso de encontrarse sitios arqueológicos se requiere una evaluación de Museo Nacional y de la Comisión Arqueológica Nacional, de previo a que se otorgue la viabilidad ambiental. Por ejemplo, de la Marina Papagayo en el 2004.

En cuanto al estudio socioeconómico, se realizó en una muestra de tan solo 18 personas, es decir, con el 0.61% de la población del cantón. En Palmar, justo donde se ubica el proyecto, hay una población de 9 815 personas, por lo que la muestra se realizó con apenas, un 0.18 % de la población. Las muestras indicadas, reflejan que no hay una verdadera representatividad de la percepción que pudiera tener la comunidad.

El especialista en gestión ambiental Dr. Allan Astorga Gättgens realizó una sistemática y detallada revisión del expediente técnico y administrativo (18758 – 2016 SETENA), que consta de 534 folios y que sustenta la solicitud de nulidad firmada por personas asistentes a la manifestación del 15 de mayo pasado.

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